El CDI España-China de 1992 regula la tributación de las rentas entre ambos países. Con el creciente intercambio económico y la presencia de ciudadanos chinos en España, este convenio es cada vez más relevante.
Esta guía es información general sobre el CDI. La aplicación concreta requiere análisis individualizado. Consulta con un especialista.
| Tipo de renta | Tipo máximo en el CDI |
|---|---|
| Dividendos | 10% |
| Intereses | 10% |
| Cánones/Royalties | 10% |
| Ganancias inmobiliarias | País de situación del inmueble |
| Rentas del trabajo | País donde se presta el servicio |
El Convenio entre España y China para Evitar la Doble Imposición fue firmado en 1990 y entró en vigor en 1992. Es uno de los CDIs más antiguos de España con Asia. Cubre el IRPF, el IS y el IP en España, y los impuestos sobre la renta y patrimonio de personas físicas y jurídicas en China (principalmente el IIT — Individual Income Tax — y el CIT — Corporate Income Tax).
España tiene una comunidad china significativa, especialmente en Madrid, Barcelona y Valencia, dedicada principalmente al comercio y la hostelería. Los ciudadanos chinos residentes en España deben tributar por renta mundial en el IRPF español. Sus rentas chinas (dividendos de empresas familiares en China, alquileres en China, intereses en bancos chinos) se incluyen en el IRPF con deducción por los impuestos pagados en China.
Para empresas españolas con filiales o establecimientos permanentes en China, el CDI regula:
Los españoles expatriados en China por sus empresas tributan en China por el IIT chino y deben incluir las rentas chinas en el IRPF español (si siguen siendo residentes en España) con deducción por doble imposición. Si tienen la consideración de no residentes en España durante el período de expatriación, solo tributan en España por las rentas españolas mediante el IRNR.
Consulta también nuestra guía sobre China para españoles expatriados.
Analizamos la correcta aplicación del CDI (o de los mecanismos unilaterales disponibles) para minimizar tu carga fiscal.