Jacob Salama Abogado Fiscal España
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🇪🇨 Ecuador · Fiscalidad en España

🇪🇨 Ecuador en España: guía fiscal completa 2026

Todo lo que necesita saber sobre sus obligaciones tributarias en España siendo ciudadano de Ecuador: IRPF, Modelo 720, convenio de doble imposición, Ley Beckham y planificación sucesoria.

Esta información tiene carácter general y no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. La normativa tributaria española cambia con frecuencia y su aplicación depende de las circunstancias individuales de cada contribuyente. Consulte siempre con un abogado fiscal cualificado antes de tomar cualquier decisión. SALAMA LEGAL SLP — Colegiado n.º 11.294 ICAMálaga.

Panorama fiscal para ciudadanos de Ecuador en España

Los ciudadanos de 🇪🇨 Ecuador que residen en España son residentes fiscales españoles y están obligados a tributar ante la Agencia Tributaria por su renta mundial. Esto incluye todas las rentas obtenidas en Ecuador (pensiones, alquileres, dividendos, ganancias patrimoniales) y en cualquier otro país. Asimismo, están sujetos al Impuesto sobre el Patrimonio y a las obligaciones de declaración de activos en el exterior (Modelo 720, Modelo 721).

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Obligaciones IRPF

Declaración anual de renta mundial incluyendo todas las rentas de fuente Ecuador (pensiones IESS, remesas, inversión en Guayaquil y Quito, empresas familiares ecuatorianas).

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Modelo 720

Declaración de cuentas, valores e inmuebles en Ecuador si superan 50.000 € por categoría. Plazo: 31 de marzo.

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CDI en vigor

Convenio de doble imposición vigente desde 2011 que regula la tributación de rentas entre ambos países.

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Impuesto local

Impuesto a la Renta (SRI): el impuesto sobre la renta aplicable en Ecuador. Puede generar crédito fiscal en España.

Convenio de Doble Imposición España-Ecuador

Estado del CDI

Convenio España-Ecuador de 1991 (en vigor desde 1993, actualizado). Ecuador es uno de los países con mayor emigración histórica hacia España. El CDI España-Ecuador es uno de los más antiguos de la región y proporciona cobertura a más de 400.000 ecuatorianos en España.

Principales cuestiones fiscales para ciudadanos de Ecuador

Pensiones del IESS ecuatoriano

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) gestiona las pensiones de vejez, invalidez y muerte en Ecuador. Las pensiones del IESS percibidas por residentes en España tributan en España bajo el artículo 18 del CDI España-Ecuador, con crédito por la retención ecuatoriana. La cantidad exacta de la pensión debe convertirse al tipo de cambio euro/dólar (Ecuador usa el dólar estadounidense) al cierre del ejercicio.

Propiedades en Ecuador y remesas familiares

Una práctica muy extendida entre los ecuatorianos en España es la inversión en bienes inmuebles en Guayaquil, Quito, Cuenca u otras ciudades ecuatorianas. Estas propiedades deben declararse en el Modelo 720. Los ingresos por alquiler deben incluirse en el IRPF español con crédito por el impuesto ecuatoriano. Las remesas enviadas a familia en Ecuador no son deducibles en España.

La Ley Beckham para ciudadanos de Ecuador

Si se traslada a España por motivos laborales (contrato de trabajo con empresa española, asignación internacional) o como emprendedor cualificado, puede acogerse a la Ley Beckham (art. 93 LIRPF): tributación como no residente al tipo fijo del 24% sobre rentas de fuente española (hasta 600.000 €) durante 6 años, con exención de rentas mundiales. No se requiere ninguna nacionalidad específica: ciudadanos de Ecuador que cumplan los requisitos pueden beneficiarse plenamente del régimen.

Herencia y donaciones: activos en Ecuador y España

La planificación sucesoria es especialmente compleja para ciudadanos con vínculos en Ecuador y España. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en España varía enormemente según la Comunidad Autónoma: en Madrid y Andalucía, los hijos y cónyuge pagan prácticamente cero; en Cataluña, los tipos efectivos pueden ser elevados. Los bienes situados en Ecuador también pueden quedar sujetos al ISD español si el heredero reside en España. Ecuador tiene impuesto a las herencias (ISD ecuatoriano). La doble tributación en sucesiones debe gestionarse caso a caso. Una planificación previa con un abogado especialista en fiscalidad internacional puede reducir significativamente la carga impositiva.

Preguntas frecuentes

Sí. Como residente fiscal en España, está obligado a declarar en el IRPF todas sus rentas mundiales, incluyendo las de fuente Ecuador (pensiones, alquileres, dividendos, salarios, ganancias patrimoniales). Esto aplica independientemente de si también tributa en Ecuador por esas mismas rentas, aunque en ese caso tendrá derecho a aplicar un crédito fiscal o la exención según el CDI España-Ecuador aplicable.
Debe declarar esas cuentas en el Modelo 720 antes del 31 de marzo del año siguiente. El Modelo 720 es una declaración informativa (no liquidativa): no paga impuestos por declararlo, pero el incumplimiento puede dar lugar a sanciones formales y a que Hacienda investigue el origen del dinero. Si las cuentas generan intereses, estos deben incluirse también en el IRPF.
Sí, si es residente fiscal en España. El Impuesto sobre el Patrimonio (IP) grava el patrimonio mundial neto que supere los 700.000 € de exención personal (o la exención autonómica aplicable, como los 3M € en Baleares). Los bienes en Ecuador (inmuebles, cuentas, participaciones) se incluyen en la base del IP por su valor a 31 de diciembre. En Madrid y Andalucía existe una bonificación del 100% que elimina el IP regional, aunque el ITSGF (Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas) se aplica sobre patrimonios netos superiores a 3M €.
Si un familiar suyo fallece en Ecuador y usted hereda bienes situados allí siendo residente en España, deberá autoliquidar el ISD español en la Comunidad Autónoma de su residencia. La base imponible incluirá los bienes heredados en Ecuador, valorados según las reglas españolas. Ecuador tiene impuesto a las herencias (ISD ecuatoriano). La doble tributación en sucesiones debe gestionarse caso a caso. En comunidades con bonificaciones del 99% (Madrid, Andalucía), la carga real puede ser mínima.
Depende de la normativa interna de Ecuador y del CDI aplicable. El CDI España-Ecuador determina qué país tiene derecho a gravar cada tipo de renta. Para rentas en las que Ecuador tiene derecho preferente (inmuebles, rentas empresariales de establecimiento permanente), puede existir obligación de presentar declaración también en Ecuador. Para rentas que solo tributan en España (pensiones laborales privadas, si el CDI lo establece así), puede no existir obligación de declarar en Ecuador.

¿Tiene rentas o activos en Ecuador?

Jacob Salama asesora a ciudadanos de Ecuador residentes en España sobre sus obligaciones fiscales, planificación de activos transfronterizos y optimización fiscal.

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