Todo lo que necesita saber sobre sus obligaciones tributarias en España siendo ciudadano de Panamá: IRPF, Modelo 720, convenio de doble imposición, Ley Beckham y planificación sucesoria.
Esta información tiene carácter general y no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. La normativa tributaria española cambia con frecuencia y su aplicación depende de las circunstancias individuales de cada contribuyente. Consulte siempre con un abogado fiscal cualificado antes de tomar cualquier decisión. SALAMA LEGAL SLP — Colegiado n.º 11.294 ICAMálaga.
Los ciudadanos de 🇵🇦 Panamá que residen en España son residentes fiscales españoles y están obligados a tributar ante la Agencia Tributaria por su renta mundial. Esto incluye todas las rentas obtenidas en Panamá (pensiones, alquileres, dividendos, ganancias patrimoniales) y en cualquier otro país. Asimismo, están sujetos al Impuesto sobre el Patrimonio y a las obligaciones de declaración de activos en el exterior (Modelo 720, Modelo 721).
Declaración anual de renta mundial incluyendo todas las rentas de fuente Panamá (estructuras offshore y holding panameñas, fundaciones de interés privado, banca en Panamá, rentas territoriales vs mundiales).
Declaración de cuentas, valores e inmuebles en Panamá si superan 50.000 € por categoría. Plazo: 31 de marzo.
Convenio de doble imposición vigente desde 2011 que regula la tributación de rentas entre ambos países.
Impuesto Sobre la Renta territorial (DGI): el impuesto sobre la renta aplicable en Panamá. Puede generar crédito fiscal en España.
Convenio España-Panamá de 2010 (en vigor desde 2011). Panamá es un centro financiero internacional con un régimen fiscal basado en la territorialidad. El CDI España-Panamá fue uno de los primeros en la región y ha ganado relevancia como instrumento de planificación para individuos con conexiones en ambos países.
Panamá ha sido históricamente utilizado como jurisdicción para estructuras holding (SA panameñas, Fundaciones de Interés Privado). Desde la perspectiva española, si usted es residente fiscal en España y tiene participaciones en o es beneficiario de entidades panameñas, debe declarar estas participaciones en el Modelo 720 y, en su caso, imputar las rentas en el IRPF bajo las normas de transparencia fiscal internacional (artículo 91 LIRPF). La reforma del CDI España-Panamá incorporó cláusulas antiabuso alineadas con BEPS.
Un punto clave es la diferencia entre los sistemas: Panamá solo grava las rentas de fuente panameña, mientras que España grava la renta mundial de sus residentes. Esto significa que las rentas de fuente extranjera obtenidas a través de estructuras panameñas (ej.: dividendos de acciones de empresas de terceros países cobrados a través de una sociedad panameña) pueden ser atribuibles al residente en España en el IRPF. La planificación de estas estructuras requiere asesoramiento especializado.
Si se traslada a España por motivos laborales (contrato de trabajo con empresa española, asignación internacional) o como emprendedor cualificado, puede acogerse a la Ley Beckham (art. 93 LIRPF): tributación como no residente al tipo fijo del 24% sobre rentas de fuente española (hasta 600.000 €) durante 6 años, con exención de rentas mundiales. No se requiere ninguna nacionalidad específica: ciudadanos de Panamá que cumplan los requisitos pueden beneficiarse plenamente del régimen.
La planificación sucesoria es especialmente compleja para ciudadanos con vínculos en Panamá y España. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en España varía enormemente según la Comunidad Autónoma: en Madrid y Andalucía, los hijos y cónyuge pagan prácticamente cero; en Cataluña, los tipos efectivos pueden ser elevados. Los bienes situados en Panamá también pueden quedar sujetos al ISD español si el heredero reside en España. Panamá no tiene impuesto sobre sucesiones. Los bienes panameños heredados deben valorarse para el ISD español del heredero residente en España. Una planificación previa con un abogado especialista en fiscalidad internacional puede reducir significativamente la carga impositiva.
Jacob Salama asesora a ciudadanos de Panamá residentes en España sobre sus obligaciones fiscales, planificación de activos transfronterizos y optimización fiscal.