Todo lo que necesita saber sobre sus obligaciones tributarias en España siendo ciudadano de Venezuela: IRPF, Modelo 720, ausencia de CDI, Ley Beckham y planificación sucesoria.
Esta información tiene carácter general y no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. La normativa tributaria española cambia con frecuencia y su aplicación depende de las circunstancias individuales de cada contribuyente. Consulte siempre con un abogado fiscal cualificado antes de tomar cualquier decisión. SALAMA LEGAL SLP — Colegiado n.º 11.294 ICAMálaga.
Los ciudadanos de 🇻🇪 Venezuela que residen en España son residentes fiscales españoles y están obligados a tributar ante la Agencia Tributaria por su renta mundial. Esto incluye todas las rentas obtenidas en Venezuela (pensiones, alquileres, dividendos, ganancias patrimoniales) y en cualquier otro país. Asimismo, están sujetos al Impuesto sobre el Patrimonio y a las obligaciones de declaración de activos en el exterior (Modelo 720, Modelo 721).
Declaración anual de renta mundial incluyendo todas las rentas de fuente Venezuela (activos en Venezuela, criptomonedas, expatriados venezolanos en España, regularización fiscal, activos en dólares).
Declaración de cuentas, valores e inmuebles en Venezuela si superan 50.000 € por categoría. Plazo: 31 de marzo.
Ausencia de convenio: se aplican mecanismos unilaterales del artículo 80 LIRPF.
ISLR (Impuesto sobre la Renta venezolano): el impuesto sobre la renta aplicable en Venezuela. Puede generar crédito fiscal en España.
Sin CDI vigente entre España y Venezuela. Venezuela es uno de los países de mayor emigración hacia España en los últimos años. La ausencia de CDI aumenta el riesgo de doble imposición, que solo puede mitigarse mediante los mecanismos unilaterales de la legislación española.
La inexistencia de un convenio de doble imposición entre España y Venezuela significa que las rentas obtenidas en Venezuela por residentes fiscales en España (alquileres, dividendos, pensiones, salarios de fuente venezolana) pueden tributar en ambos países. España solo aplica el mecanismo unilateral del artículo 80 LIRPF para evitar la doble imposición, que permite deducir el impuesto efectivamente pagado en Venezuela hasta el límite de lo que hubiera correspondido pagar en España por esas mismas rentas.
Muchos venezolanos han canalizado sus ahorros y patrimonio a través de criptomonedas (Bitcoin, Ethereum, stablecoins en dólares) o cuentas en dólares en bancos panameños, estadounidenses o de otros países. Todos estos activos deben valorarse y declararse en el Modelo 720 (activos financieros en el exterior) si superan los 50.000 euros, y las ganancias o rendimientos derivados deben incluirse en el IRPF español.
Muchos venezolanos llegados a España en los últimos años desconocían sus obligaciones fiscales y pueden tener ejercicios fiscales sin regularizar. La Agencia Tributaria española permite la presentación de declaraciones complementarias fuera de plazo mediante declaración voluntaria, que conlleva recargos (del 5% al 20% según el tiempo transcurrido) pero evita las sanciones más severas. Es importante actuar antes de recibir una notificación de la AEAT.
Si se traslada a España por motivos laborales (contrato de trabajo con empresa española, asignación internacional) o como emprendedor cualificado, puede acogerse a la Ley Beckham (art. 93 LIRPF): tributación como no residente al tipo fijo del 24% sobre rentas de fuente española (hasta 600.000 €) durante 6 años, con exención de rentas mundiales. No se requiere ninguna nacionalidad específica: ciudadanos de Venezuela que cumplan los requisitos pueden beneficiarse plenamente del régimen.
La planificación sucesoria es especialmente compleja para ciudadanos con vínculos en Venezuela y España. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en España varía enormemente según la Comunidad Autónoma: en Madrid y Andalucía, los hijos y cónyuge pagan prácticamente cero; en Cataluña, los tipos efectivos pueden ser elevados. Los bienes situados en Venezuela también pueden quedar sujetos al ISD español si el heredero reside en España. Sin tratado sucesorio. Los bienes en Venezuela heredados deben valorarse y declararse en el ISD español según las normas autonómicas aplicables. Una planificación previa con un abogado especialista en fiscalidad internacional puede reducir significativamente la carga impositiva.
Jacob Salama asesora a ciudadanos de Venezuela residentes en España sobre sus obligaciones fiscales, planificación de activos transfronterizos y optimización fiscal.