El alta son dos trámites y unas cuantas decisiones. Tomadas a la ligera, esas decisiones te acompañan durante años. Te damos de alta en Hacienda y en la Seguridad Social y dejamos montada tu facturación.
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Un NIE, un permiso que te permita trabajar por cuenta propia y un domicilio en España. Los ciudadanos de la Unión Europea no necesitan más. Los demás necesitan una autorización de residencia que lo permita: la de trabajo por cuenta propia, la de teletrabajador internacional cuando encaja, o la obtenida a través de un familiar.
No hace falta una sociedad, ni una cuenta de empresa, ni un despacho. Una cuenta bancaria separada es muy aconsejable, pero no obligatoria.
Declaras qué actividad vas a ejercer, dónde, en qué método del IRPF y en qué régimen de IVA. El epígrafe decide si tus facturas llevan retención y si llevan IVA.
El alta tiene que estar hecha el día que empiezas, o antes. La cuota depende de tus rendimientos netos previstos y se regulariza después.
Si vas a facturar a empresas de otros países de la UE, se pide a la vez. Puede tardar semanas.
Numerada, fechada, con tu NIF y los datos del cliente, y con el IVA que corresponda según dónde esté el cliente.
Con el alta hecha, cada trimestre hay modelos que presentar aunque no hayas facturado: ahí empieza la contabilidad mensual. El alta con nosotros son 175 € cuando va con ese servicio.
El orden importa: el alta en la Seguridad Social no puede ser posterior a la fecha de inicio declarada en Hacienda, y las facturas no deben tener fecha anterior a ninguna de las dos.
El visado de teletrabajador internacional permite trabajar por cuenta propia sobre todo para clientes de fuera de España, con un límite del 20 % para clientes españoles. Ese límite conviene vigilarlo en la contabilidad, porque superarlo es un problema de extranjería y no solo fiscal.
Quien tiene la autorización general de trabajo por cuenta propia fue autorizado para una actividad concreta: el alta censal debe coincidir con ella.
La residencia no lucrativa no permite trabajar. Darse de alta como autónomo con ella es incoherente con el permiso, y no debe hacerse sin cambiar antes de situación.
Responde a unas preguntas en Salama Tax, nuestra plataforma de contabilidad. Verás qué declaraciones te tocan y la cuota antes de comprometerte a nada.